Un proindiviso (copropiedad o comunidad de bienes) es cuando varias personas son dueñas del mismo bien sin “trocearlo” físicamente: cada una tiene una cuota ideal (p. ej., 50%) sobre el todo.
La clave práctica es esta: compartimos propiedad, pero no “habitaciones”; por eso, si no hay acuerdos, aparecen bloqueos (uso, gastos, venta).
PUNTOS CLAVE PARA EL LECTOR:
– El proindiviso es la copropiedad de un bien donde varias personas tienen partes indivisas sin división física.
– Derechos de copropietarios: Incluyen uso, disfrute, administración y posibilidad de disolver el proindiviso.
– La diferencia con condominio se refiere a bienes indivisibles; el condominio a bienes divisibles.
– Puede disolverse mediante división o venta; todos los copropietarios tienen derechos sobre estas acciones.
Indice de contenidos
- 1 1. ¿Qué es un proindiviso y cuándo aparece?
- 2 2. ¿Proindiviso, condominio y comunidad de bienes: lo importante es lo que pasa “en la vida real”?
- 3 3. ¿Qué derechos tiene cada copropietario?
- 4 4. ¿Qué obligaciones tienes en un proindiviso?
- 5 5. ¿Cómo se toman decisiones: mayoría, unanimidad y “esto lo he hecho y punto”?
- 6 6. ¿Se puede vender un proindiviso?
- 7 7. ¿Cuánto cuesta extinguir el proindiviso?
- 8 8. ¿Cómo extinguir un proindiviso?
- 9 9. Extinción del proindiviso ante notario: paso a paso
- 10 10. División judicial de la cosa común: qué ha cambiado y cómo se tramita
- 11 11. Costes e impuestos: lo que casi siempre hay que mirar (y lo que cambia por CCAA)
- 12 12. Forma de disolución del proindiviso según su origen
- 13 13. Casos frecuentes donde el proindiviso se atasca (y cómo lo destrabamos)
- 14 14. Preguntas frecuentes
1. ¿Qué es un proindiviso y cuándo aparece?
Un proindiviso existe cuando la propiedad de una cosa o derecho pertenece pro indiviso a varias personas; si no hay pacto especial, se rige por las reglas del Título de la comunidad de bienes del Código Civil.
Cuándo lo vemos más a menudo (en la práctica):
- Herencias: varios herederos reciben un inmueble y queda “en común”.
- Divorcio/separación: si no se liquida el bien, la vivienda puede quedar compartida.
- Compra entre amigos/familia: se compra a medias y luego cambian las necesidades.
Según Arquitasa, proindiviso, condominio y comunidad de bienes se usan como sinónimos para describir copropiedad (aunque en lenguaje coloquial la gente los separa por “divisible/indivisible”).
2. ¿Proindiviso, condominio y comunidad de bienes: lo importante es lo que pasa “en la vida real”?
En términos legales, lo que manda es que nadie tiene una parte física del bien: tenemos cuotas. Y eso impacta en 3 cosas:
- Uso: podemos usar la cosa común, pero sin perjudicar a los demás ni impedirles un uso similar.
- Gastos: los gastos de conservación se asumen según la cuota, salvo pacto.
- Salida: nadie está obligado a permanecer en la comunidad; se puede pedir la división de la cosa común.
3. ¿Qué derechos tiene cada copropietario?
Cada comunero tiene derechos claros… y conviene conocerlos para negociar con ventaja (y sin calentarnos).
3.1 Derecho de uso y disfrute
Podemos usar el bien conforme a su destino, siempre que no perjudiquemos el interés común ni impidamos el uso a los demás.
Ejemplo rápido: si uno ocupa la vivienda “en exclusiva” sin acuerdo, el resto puede exigir compensación/regularización del uso (y si se enquista, acabar en demanda).
3.2 Derecho a vender/ceder/hipotecar tu cuota
Cada copropietario puede enajenar, ceder o hipotecar su parte (su cuota), sin necesidad de unanimidad. Otra cosa es que sea fácil encontrar comprador o banco.
3.3 Derecho de retracto si otro vende a un extraño
Si un copropietario vende su cuota a un tercero “de fuera”, los demás pueden ejercer el retracto de comuneros y ponerse en su lugar en la compra (bajo condiciones legales y plazos).
4. ¿Qué obligaciones tienes en un proindiviso?
La cara B del proindiviso es que la copropiedad no se vive gratis.
4.1 Pagar gastos y cargas según cuota
Los copropietarios deben contribuir a los gastos de conservación y cargas en proporción a su participación, salvo pacto.
Checklist de gastos típicos (inmueble):
- IBI, comunidad, seguro
- Reparaciones necesarias (humedades, instalaciones)
- Suministros (si los hay) y mantenimiento básico
5. ¿Cómo se toman decisiones: mayoría, unanimidad y “esto lo he hecho y punto”?
En proindiviso, la regla práctica para no discutir a ciegas es esta:
- Administración y mejor disfrute: decide la mayoría de cuotas/partícipes.
- Alteraciones/cambios que afectan a la cosa común: requiere consentimiento (aquí es donde suelen explotar las obras “sin preguntar”).
5.1 Tabla útil: qué se puede hacer sin acuerdo y qué suele exigir consenso
| Acción | ¿Suele requerir acuerdo? | Por qué importa |
|---|---|---|
| Usar el bien de forma compatible | No (pero con límites) | No puedes impedir el uso ajeno |
| Pagar gastos necesarios y reclamarlos según cuota | No | Luego puedes reclamar al moroso |
| Vender tu cuota | No | Pero puede activarse retracto |
| Vender el 100% del inmueble | Sí (unanimidad práctica) | Todos deben firmar como vendedores |
| Obras relevantes/alteraciones | Sí | Si alteran la cosa común, hay lío |
6. ¿Se puede vender un proindiviso?
Sí, pero hay dos ventas muy distintas.

6.1 Vender tu cuota (tu “porcentaje”)
Es legal y posible. El freno real suele ser comercial: comprar una cuota implica convivir con otros propietarios o ir a división judicial, así que el comprador pedirá descuento (y ahí nace el “mercado” de empresas que compran cuotas).
Punto crítico: si vendes tu cuota a un tercero, los demás copropietarios pueden ejercitar retracto (y hay plazos cortos).
6.2 Vender el inmueble completo
Aquí, lo habitual es necesitar que todos firmen la compraventa (porque todos son titulares). Si no hay acuerdo, el camino ya no es “forzar la firma”: es pedir la división.
7. ¿Cuánto cuesta extinguir el proindiviso?
8. ¿Cómo extinguir un proindiviso?

En nuestra experiencia, el orden de preferencia casi siempre es: acuerdo → adjudicación a uno → venta pactada → juzgado (porque la subasta suele castigar el precio).
8.1 Extinción por acuerdo y adjudicación a un copropietario
Un comunero se queda el 100% y compensa a los demás (normalmente en dinero). Si el bien es esencialmente indivisible y no hay acuerdo, la ley prevé la venta y reparto.
8.2 Venta a tercero y reparto del precio
Se vende el inmueble y se reparte según cuota. Requiere coordinación (y plazos), pero suele ser la forma más “limpia” si nadie quiere quedarse el bien.
8.3 Pactar mantener la cosa indivisa (temporalmente)
Si el problema es “ahora no nos compensa vender”, se puede pactar mantenerlo indiviso hasta 10 años (prorrogable por nuevo acuerdo).
8.4 División judicial de la cosa común
Cualquier copropietario puede pedir la división en cualquier tiempo. Si el bien no es divisible, suele acabar en venta y reparto del dinero.
9. Extinción del proindiviso ante notario: paso a paso
Cuando sí hay acuerdo, esta suele ser la ruta más rápida.
1) Alinear números y reparto
- Valor del inmueble (referencia/mercado/tasación si hace falta)
- Cuotas exactas (Registro/Escritura)
- Quién se adjudica y cuánto compensa
2) Preparar documentación
- Escritura y nota simple
- DNI/NIE, estado civil
- Certificados y recibos (IBI, comunidad, etc., según caso)
3) Firma en notaría + Registro
- Escritura de extinción/adjudicación
- Liquidación de impuestos y presentación
- Inscripción registral
Ojo: si hay hipoteca, el “quién se queda el préstamo” y si el banco acepta liberar a alguien suele ser lo más delicado (y puede encarecer o complicar).
10. División judicial de la cosa común: qué ha cambiado y cómo se tramita
Desde la reforma procesal, la acción de división de cosa común se decide por juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía (esto, en general, busca agilizar).
Qué suele pasar en la práctica:
- Se demanda a los demás copropietarios.
- Si el bien es indivisible (típico en viviendas), se entra en fase de ejecución y puede terminar en subasta/venta.
- El coste emocional y económico suele subir: abogado/procurador + tiempos + riesgo de peor precio.
11. Costes e impuestos: lo que casi siempre hay que mirar (y lo que cambia por CCAA)
Aquí conviene ser muy prudentes: depende de la Comunidad Autónoma, del tipo de operación (venta vs adjudicación), de si hay excesos de adjudicación, de hipoteca, etc.
11.1 Impuesto “típico” en extinción de condominio (ejemplo Cataluña)
En Cataluña, la adjudicación de bienes en extinción de condominio formalizada en escritura pública puede tributar por AJD cuando no hay exceso que deba ir por TPO, con un tipo (en ese ejemplo) del 1,5% y reglas de base imponible; además recoge bonificaciones/exenciones en supuestos concretos (divorcio, gananciales, etc.).
11.2 Otros costes habituales
- Notaría y Registro (aranceles según operación/valor)
- Gestoría (si se usa)
- Tasación (si se necesita para negociar o financiar)
- Plusvalía municipal e IRPF: pueden aparecer si hay transmisión/ganancia (esto requiere revisar el caso concreto; en especial si hay compensaciones o ventas).
12. Forma de disolución del proindiviso según su origen
13. Casos frecuentes donde el proindiviso se atasca (y cómo lo destrabamos)
13.1 Proindiviso por herencia
Suele bloquearse por:
- Diferentes necesidades (uno quiere vender, otro quiere “guardar”)
- Dudas sobre gastos, alquileres, uso
Solución que más funciona: acuerdo de salida con calendario: “si en X meses no se vende, se adjudica a A por X, y si no, se inicia división”.
13.2 Proindiviso tras divorcio
El conflicto típico es el uso de la vivienda y quién paga qué. Si no hay acuerdo, conviene regular:
- Uso (por turnos o compensación)
- Gastos (quién asume IBI, comunidad, seguro)
- Plan de extinción (fecha objetivo)
13.3 Nuda propiedad y usufructo “mezclados” con proindiviso
No es lo mismo dividir cuotas de propiedad que separar derechos (usufructo vs nuda propiedad).
Arquitasa lo explica bien: el proindiviso es copropiedad por cuotas; usufructo/nuda propiedad son “capas” distintas del dominio.

Temas destacados:
Definición: Un proindiviso es copropiedad: varias personas son titulares de un bien sin división material; cada una tiene una cuota ideal sobre el todo.
Regla de uso: Cada comunero puede usar la cosa común conforme a su destino, sin perjudicar el interés común ni impedir el uso a los demás.
Salida legal: Ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad; cualquiera puede pedir la división de la cosa común.
Vender cuota: Un comunero puede enajenar o hipotecar su cuota, aunque vender el bien entero exige coordinación de todos.
Reforma procesal: La acción de división de cosa común se tramita por juicio verbal con independencia de la cuantía.
14. Preguntas frecuentes
14.1 ¿Qué significa tener una casa en proindiviso?
Significa que la vivienda pertenece a varias personas a la vez y cada una tiene una cuota ideal (p. ej., 1/3), no una parte física del piso.
14.2 ¿Puedo obligar a los demás a vender el piso?
Puedes pedir la división de la cosa común aunque no quieran; si el bien es indivisible y no hay acuerdo, suele acabar en venta y reparto del precio.
14.3 ¿Puedo vender mi parte del proindiviso sin permiso?
Sí: puedes vender/ceder/hipotecar tu cuota. Si la vendes a un extraño, los demás pueden ejercer retracto de comuneros en los términos legales.
14.4 ¿Qué mayoría hace falta para tomar decisiones en un proindiviso?
Para actos de administración y mejor disfrute suele bastar la mayoría; para cambios que alteran la cosa común, normalmente hará falta acuerdo más fuerte
14.5 ¿Qué impuesto se paga al extinguir un proindiviso?
Depende de la CCAA y de la operación. Por ejemplo, en Cataluña la extinción de condominio en escritura puede tributar por AJD si no hay exceso que vaya por TPO (con reglas específicas).
Disclaimer: la fiscalidad varía por Comunidad Autónoma y por el caso (excesos, hipoteca, divorcio/gananciales, etc.); conviene revisar antes de firmar.
Bibliografía
Libros:
- «Derecho de sucesiones y proindiviso» por Antonio Fernández de Buján.
- «Proindiviso y copropiedad» por Juan Antonio Pérez Rivarés.
- «La extinción del proindiviso» por Juan Sánchez-Calero Guilarte. Este libro se enfoca en los procedimientos y métodos para la extinción del proindiviso.
Artículos Académicos:
- «La copropiedad inmobiliaria y su regulación legal» por Ángel Carrasco Perera. Este artículo analiza la regulación legal del proindiviso y su relación con la propiedad inmobiliaria.
Recursos en Línea:
- Consecuencias fiscales de las extinciones de proindiviso en el IRPF y en el impuesto de plusvalía https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8520611
- Revista de Derecho y Tecnología: Artículo «El proindiviso en el blockchain». Un artículo que explora cómo la tecnología blockchain puede influir en el proindiviso.









