Gastos de hipoteca en 2026: quién paga cada gasto

Gastos de hipoteca en 2026: descubre quién paga tasación, notaría, registro, gestoría y AJD, y qué cambia frente a los gastos de compraventa.

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Actualizado: septiembre de 2026Revisado por: Tomás Romera Navarro, Coordinador Técnico de Tasaciones · Arquitasa, sociedad de tasación homologada por el Banco de España (nº 4404)

Respuesta directa

Los gastos de hipoteca no los paga todos el cliente. En los préstamos sujetos a la Ley 5/2019, el prestatario asume la tasación, mientras que el banco paga la gestoría, los aranceles notariales de la escritura del préstamo y la inscripción de la garantía.

Las copias notariales las paga quien las solicite. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados de la escritura de préstamo hipotecario corresponde al prestamista conforme a la normativa tributaria vigente.

TasaciónLa asume el prestatario en el reparto legal de gastos.PAGA EL CLIENTE
Notaría del préstamoLos aranceles de la escritura hipotecaria corresponden al prestamista; las copias las paga quien las pida.PAGA EL BANCO
Registro y gestoríaLa inscripción de la garantía y la gestoría de la hipoteca corresponden al prestamista.PAGA EL BANCO
AJD hipotecarioEl prestamista es el sujeto pasivo del impuesto en la escritura de préstamo con garantía hipotecaria.PAGA EL BANCO
La distinción importante: estos son gastos de formalización de la hipoteca. No deben confundirse con los impuestos, notaría o registro asociados a la compraventa de la vivienda.

Gastos de hipoteca en 2026: quién paga cada gasto

Podemos resolver el reparto principal con una tabla. Esta distribución se refiere a la formalización del préstamo hipotecario y no debe confundirse con los costes de comprar la vivienda.

GastoQuién lo asume en una hipoteca actualMatiz práctico
Tasación del inmuebleCliente o prestatarioLa Ley 5/2019 atribuye este gasto al prestatario.
Notaría de la escritura de préstamoBancoLas copias las paga quien las solicite.
Registro de la garantía hipotecariaBancoSe refiere a la inscripción de la hipoteca.
Gestoría de la hipotecaBancoCorresponde al prestamista según la Ley 5/2019.
AJD de la escritura de préstamo hipotecarioBanco o prestamistaEl prestamista es el sujeto pasivo conforme al artículo 29 de la ley del impuesto.
Comisión de aperturaCliente, si existe y forma parte de la ofertaDebe constar en la información precontractual y en las condiciones del préstamo.

La Ley 5/2019 establece el reparto de tasación, gestoría, notaría y registro. Para el AJD de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, el Real Decreto-ley 17/2018 atribuye la condición de sujeto pasivo al prestamista.

La tasación dentro de los gastos de hipoteca

Dentro del reparto general de gastos, la tasación corresponde al prestatario en las operaciones sujetas a la Ley 5/2019. Su función es determinar el valor del inmueble que servirá como garantía del préstamo.

Para esta guía basta con identificarla como uno de los costes que debe prever el cliente. Las cuestiones específicas sobre quién puede elegir la tasadora, cuándo debe aceptarla el banco, cuánto dura el informe o qué ocurre si la entidad propone su propia sociedad se desarrollan en una guía independiente.

Si lo que necesitas es contratar el informe para una operación de financiación, consulta directamente el servicio de tasación hipotecaria.

Gastos de hipoteca y gastos de compraventa: no son lo mismo

Gastos de hipotecaNacen de constituir el préstamo y la garantía: tasación, escritura hipotecaria, registro de la garantía, gestoría y AJD hipotecario.
Gastos de compraventaNacen de adquirir el inmueble: escritura de compra, inscripción de la adquisición e impuestos vinculados a la operación.

Hipotecarnos y comprar una vivienda son dos operaciones relacionadas, pero generan gastos distintos. Que el banco asuma la notaría o el registro del préstamo no significa que pague automáticamente los gastos notariales, registrales o fiscales de la adquisición.

Los gastos hipotecarios se refieren a constituir el préstamo y la garantía. Los gastos de compraventa derivan de adquirir el inmueble y dependen de la operación, de la vivienda y de la normativa fiscal aplicable.

OperaciónEjemplos de gastosQué debemos recordar
HipotecaTasación, escritura del préstamo, inscripción de la garantía, gestoría y AJD hipotecarioSe reparten según la Ley 5/2019 y la normativa tributaria.
CompraventaEscritura de compra, inscripción de la adquisición e impuestos de la compraSon costes distintos de la formalización del préstamo.

Podemos ampliar esta separación en la guía de gastos de compra de vivienda. No debemos sumar o restar impuestos mediante porcentajes genéricos sin revisar la operación y la comunidad autónoma correspondiente.

Las cuestiones fiscales concretas —importe a pagar, exenciones o tributación— deben consultarse con un asesor fiscal. Para los valores vigentes debemos acudir además a la administración tributaria competente.

Quién paga notaría, registro, gestoría y AJD

En una hipoteca actual sujeta a la Ley 5/2019, el banco asume los aranceles notariales de la escritura del préstamo, la inscripción registral de la garantía y la gestoría. Las copias notariales corresponden a quien las solicite.

Notaría de la hipoteca

El prestamista paga los aranceles notariales de la escritura de préstamo hipotecario. Si pedimos una copia adicional para nosotros, esa copia la paga quien la solicita, según el artículo 14 de la Ley 5/2019.

No debemos confundir esta escritura con la escritura de compraventa. Son documentos y negocios distintos, aunque se firmen en fechas cercanas.

Registro de la garantía

El banco paga la inscripción de la garantía hipotecaria en el Registro de la Propiedad. La ley atribuye expresamente al prestamista los gastos de inscripción de las garantías.

Eso no equivale a decir que el banco pague la inscripción de nuestra adquisición como propietarios. Esa segunda inscripción forma parte de la compraventa.

Gestoría de la hipoteca

La gestoría asociada a la formalización del préstamo corresponde al prestamista. Su trabajo suele coordinar presentación, impuestos e inscripción de la escritura hipotecaria.

Si una gestoría tramita también actuaciones de la compraventa, debemos distinguir qué parte corresponde a cada operación. La factura y la provisión de fondos deberían permitir identificar los conceptos.

AJD de la escritura hipotecaria

En las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, el prestamista es el sujeto pasivo del AJD desde la reforma de 2018. El Real Decreto-ley 17/2018 modificó el artículo 29 de la ley del impuesto para fijar esta regla.

No incluimos tablas de tipos autonómicos porque el tipo aplicable y otras cuestiones tributarias dependen de la normativa fiscal vigente. Las dudas fiscales concretas deben revisarse con un asesor fiscal y con la administración tributaria competente.

Comisión de apertura y otros costes

La comisión de apertura, si existe, es un coste distinto de notaría, registro, gestoría, AJD y tasación. Debe aparecer en la información precontractual y en las condiciones del préstamo.

También pueden existir otros costes vinculados a productos o servicios contratados junto con la financiación. Para saber cuánto cuesta realmente una oferta hipotecaria conviene revisar la documentación precontractual y no limitarse al reparto de gastos de formalización.

Qué pasa con los gastos de hipotecas antiguas

Las hipotecas anteriores a la entrada en vigor de la Ley 5/2019 no se analizan con el mismo reparto automático que una operación nueva. La posible devolución de partidas depende de la fecha, las cláusulas del contrato, el gasto concreto y la jurisprudencia aplicable.

El Banco de España recuerda que el régimen anterior era distinto y que el posible carácter abusivo de una cláusula corresponde a los tribunales. Por eso no debemos convertir esta guía en un procedimiento de reclamación.

Si queremos revisar una hipoteca antigua, conviene reunir escritura y facturas y solicitar asesoramiento jurídico especializado. La respuesta puede cambiar según el contrato y el momento en que se formalizó.

Preguntas frecuentes sobre gastos de hipoteca

¿Quién paga los gastos de una hipoteca en 2026?

En una operación sujeta a la Ley 5/2019, el cliente paga la tasación. El banco asume los aranceles notariales de la escritura del préstamo, el registro de la garantía y la gestoría; el AJD hipotecario corresponde al prestamista. Las copias notariales las paga quien las solicite.

¿Quién paga la tasación de la hipoteca?

La tasación corresponde al prestatario dentro del reparto legal de gastos. Para cuestiones específicas sobre elección de tasadora, aceptación por el banco, vigencia o casos particulares, consulta la guía sobre quién paga la tasación hipotecaria.

¿Quién paga la notaría de la hipoteca?

El banco paga los aranceles notariales de la escritura del préstamo hipotecario. Las copias adicionales las paga quien las solicite. No debe confundirse esta escritura con la escritura de compraventa.

¿Quién paga el Registro y la gestoría de la hipoteca?

El prestamista asume la inscripción registral de la garantía hipotecaria y los gastos de gestoría asociados a la formalización del préstamo en las operaciones sujetas a la Ley 5/2019.

¿Quién paga el AJD de una hipoteca?

En la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, el prestamista es el sujeto pasivo del AJD conforme a la normativa estatal vigente.

¿Los gastos de hipoteca y los gastos de compraventa son lo mismo?

No. Los primeros derivan de constituir el préstamo y su garantía. Los segundos nacen de adquirir la vivienda e incluyen sus propios gastos notariales, registrales e impuestos. Son dos operaciones distintas aunque se formalicen juntas.

¿La comisión de apertura la paga el cliente?

Si existe y forma parte de la oferta, corresponde al cliente conforme a las condiciones pactadas. Debe constar en la información precontractual del préstamo y analizarse por separado de los gastos notariales, registrales, de gestoría y tasación.

¿Se pueden reclamar los gastos de una hipoteca antigua?

Depende de la fecha, las cláusulas del contrato, el gasto concreto y la jurisprudencia aplicable. Las hipotecas anteriores a la Ley 5/2019 no deben analizarse como una operación nueva. Conviene revisar escritura y facturas con asesoramiento jurídico especializado.

Glosario de términos

Prestatario
persona que recibe el préstamo y asume su devolución; en el reparto legal actual soporta el gasto de tasación.
Prestamista
entidad que concede el préstamo y asume, entre otros conceptos, notaría de la escritura hipotecaria, registro de la garantía, gestoría y AJD.
AJD
Actos Jurídicos Documentados. En la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, el prestamista es el sujeto pasivo según la normativa estatal vigente.
Gastos de hipoteca
costes relacionados con formalizar el préstamo y constituir la garantía hipotecaria.
Gastos de compraventa
costes derivados de adquirir el inmueble, distintos de los generados por la financiación.
Comisión de apertura
comisión que puede formar parte de las condiciones económicas del préstamo cuando así figure en la oferta.
Tasación hipotecaria
valoración del inmueble que sirve como garantía del préstamo. El prestatario asume su coste en el reparto de la Ley 5/2019.

Aviso importante

Esta página tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento profesional sobre tu caso concreto; las cuestiones fiscales concretas (importe a pagar, exenciones o tributación) deben consultarse con un asesor fiscal. Datos actualizados a 2026-09-25. Para los valores vigentes en cada momento, consulta la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es/).

Si necesitas la tasación para tramitar tu hipoteca

La tasación es el principal gasto de formalización que corresponde al prestatario. Si ya estás en esa fase, puedes consultar el servicio específico de tasación hipotecaria de Arquitasa.

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Una hipoteca es un préstamo garantizado po

Los gastos de la hipoteca y quién debe pagarlos
Infografía: Gastos de la hipoteca y quién debe pagarlos. Fuente: elaboración propia.
Los gastos de la hipoteca y quién debe pagarlos
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