Al adquirir una propiedad, ya sea una vivienda, un local comercial o cualquier otro tipo de inmueble, es natural esperar que se encuentre en buenas condiciones y libre de problemas.
Sin embargo, en algunas ocasiones pueden surgir defectos que no eran detectables en el momento de la compra. Estos defectos, conocidos como vicios ocultos, pueden afectar significativamente al uso, la habitabilidad o el valor del inmueble.
Se considera vicio oculto cualquier desperfecto grave que no haya sido visible a simple vista durante la compraventa y que, de haber sido conocido, podría haber influido en la decisión del comprador o en las condiciones de la operación.
Ante esta situación, es importante conocer qué derechos asisten al comprador, cuáles son los plazos legales para reclamar y qué procedimientos se deben seguir para exigir responsabilidades.
Contar con una tasación profesional y una revisión técnica previa a la compra puede ser clave para minimizar estos riesgos y tomar decisiones con mayor seguridad.
PUNTOS CLAVE PARA EL LECTOR:
➯ Definición y requisitos de vicios ocultos: descubre qué convierte un desperfecto en “oculto” (grave, preexistente, no visible y desconocido).
➯ Saneamiento legal: explora las acciones redhibitoria y quanti minoris para exigir reparación, rebaja de precio o resolución de contrato.
➯ Plazos de reclamación: conoce el plazo de seis meses desde el descubrimiento (art. 1490 CC) y cómo calcular su inicio.
➯ Prevención con tasación profesional: la revisión técnica y el informe pericial como clave para minimizar riesgos y proteger tu inversión.
Indice de contenidos
- 1 ¿Qué son los vicios ocultos?
- 2 ¿Qué es el saneamiento por vicios ocultos?
- 3 Características y requisitos de los vicios ocultos
- 4 ¿Cuándo se puede reclamar el saneamiento por vicios ocultos?
- 5 ¿Cómo reclamar el saneamiento por vicios ocultos?
- 6 Plazo para reclamar el saneamiento por vicios ocultos
- 7 Obligación del vendedor en el saneamiento por vicios ocultos
- 8 Los vicios ocultos en viviendas: un caso frecuente
- 9 Diferencias entre vicios ocultos y defectos constructivos
- 10 Regulación legal de los vicios ocultos
¿Qué son los vicios ocultos?
Un vicio oculto es un defecto o problema que existía en un inmueble antes de la compraventa, pero que no es detectable a simple vista ni durante una inspección rutinaria.
Estos defectos no son evidentes cuando se realiza la compra, y por eso, se consideran “ocultos”.
Pueden afectar a la estructura del inmueble, sus instalaciones o sistemas, y cuando se descubren, pueden alterar de forma significativa el uso y el valor de la propiedad.
Diferencia entre vicios ocultos y defectos aparentes
Es importante entender la diferencia entre vicios ocultos y defectos aparentes. Los defectos aparentes son aquellos que se pueden detectar con una inspección visual.
Por ejemplo, grietas visibles en las paredes, problemas con la pintura o daños en las ventanas.
Los vicios ocultos, por otro lado, son defectos que no se pueden ver a simple vista. Estos pueden ser problemas con la fontanería interna, daños estructurales que no se ven desde el exterior o filtraciones de agua en las paredes internas.
Los vicios ocultos no son visibles durante una inspección común, y es por eso que se consideran un riesgo para los compradores.
¿Qué es el saneamiento por vicios ocultos?
El saneamiento por vicios ocultos es el derecho que tiene el comprador de exigir que el vendedor asuma la responsabilidad de los defectos que no eran visibles en el momento de la compra.
Este derecho se encuentra protegido por la ley, y permite que el comprador pueda reclamar la reparación de los defectos, la reducción del precio de la propiedad, o incluso la resolución del contrato si los vicios ocultos son graves.
El saneamiento no solo cubre la reparación del inmueble, sino también las posibles consecuencias económicas que pueda ocasionar el defecto descubierto.
Si el vendedor no se hace responsable de la reparación, el comprador puede recurrir a la acción redhibitoria, que implica la resolución del contrato, o a la acción quanti minoris, que permite la rebaja del precio en función de la gravedad del vicio oculto.
Características y requisitos de los vicios ocultos
Para que un defecto sea considerado un vicio oculto, debe cumplir con una serie de características y requisitos legales.
Deben ser preexistentes a la venta
Un vicio oculto tiene que haber existido en la propiedad antes de que se haya realizado la compraventa.
No se puede reclamar por defectos que hayan surgido después de la compra, ya que no serían considerados vicios ocultos.
Ocultos, no visibles a simple vista
Los vicios ocultos son aquellos defectos que no son detectables con una inspección normal. A pesar de que el comprador haya examinado la propiedad, no habría podido notar estos defectos sin un examen más exhaustivo o especializado.
Graves, que afecten el uso o valor del bien
El vicio debe ser grave, es decir, debe afectar al uso, la habitabilidad o el valor del inmueble. Si el defecto no afecta a estos aspectos, es posible que no se considere un vicio oculto.
No conocidos por el comprador al momento de la compra
El comprador no debe haber tenido conocimiento del defecto en el momento de la compraventa. Si el comprador sabía del vicio antes de la transacción, no podrá reclamar por vicios ocultos.
¿Cuándo se puede reclamar el saneamiento por vicios ocultos?
Si el comprador descubre un vicio oculto después de la compra, tiene derecho a reclamar el saneamiento. Sin embargo, hay ciertas condiciones y plazos que debe tener en cuenta.
Supuestos en los que procede
El saneamiento por vicios ocultos procede cuando el defecto descubierto es grave y afecta al valor o al uso del inmueble.
Por ejemplo, si se descubre que una instalación eléctrica defectuosa pone en peligro la seguridad de la vivienda o que hay problemas estructurales que hacen que el inmueble sea inhabitable.
Diferencias si la venta es entre particulares o con profesionales
Si la venta se realiza entre particulares, las posibilidades de reclamar pueden ser más limitadas.
Sin embargo, si la compraventa es realizada por profesionales (como promotores, constructores o inmobiliarias), el comprador tiene más derechos y puede reclamar de manera más efectiva.
La ley protege especialmente a los consumidores frente a las prácticas de los profesionales del sector inmobiliario.
¿Cómo reclamar el saneamiento por vicios ocultos?
Existen varias formas de reclamar el saneamiento por vicios ocultos, y el proceso puede realizarse tanto de manera extrajudicial como judicial.
Proceso extrajudicial: comunicación al vendedor, prueba del vicio
Si al comprar una vivienda aparece un defecto grave que no era visible a simple vista, es fundamental actuar con rapidez.
En tal caso, el primer paso debe ser notificar formalmente al vendedor, preferiblemente por escrito, dejando constancia clara de la comunicación. Una simple llamada o mensaje informal no es suficiente en este tipo de situaciones.
Es recomendable acompañar la reclamación con documentación técnica (como un informe pericial) que demuestre que el defecto ya existía antes de la compraventa.
Esto es clave para que el problema pueda considerarse un vicio oculto y no un deterioro posterior.
Una vez recibido el aviso, el vendedor está obligado a responder. En muchos casos, si hay voluntad por ambas partes, se puede llegar a una solución amistosa: una reparación, una compensación económica o una fórmula intermedia.
Lo esencial es no dejar pasar el tiempo, recopilar todas las pruebas posibles y asegurarse de que todo quede debidamente documentado.
Proceso judicial: demanda, pruebas, peritajes
Si después de intentarlo no logras un acuerdo amistoso, puede ser necesario acudir a los tribunales.
En ese caso, se deberá presentar una demanda formal y acompañarla de toda la documentación posible como informes periciales, documentación de la compraventa, correos electrónicos, facturas…
Será necesaria toda aquella documentación que pueda demostrar que el problema ya existía y que afecta de forma significativa al uso o valor del inmueble.
Una vez el asunto esté en manos del juez, será él quien decida qué solución corresponde. Puede ordenar la reparación del daño, la devolución parcial del precio pagado, o incluso, en casos especialmente graves, la anulación del contrato de compraventa.
Recomendaciones prácticas (conservar facturas, inspecciones, etc.)
Conservar toda la documentación relacionada con la propiedad puede ser de gran utilidad. Desde las facturas de compra, hasta informes técnicos o presupuestos de posibles reformas.
Disponer de esta información clasificada y accesible no solo facilita los trámites, sino que puede marcar la diferencia entre una reclamación bien fundamentada y un proceso difícil de sostener.
Si puede acreditar con pruebas documentales que el defecto ya existía en el momento de la adquisición, sus posibilidades de obtener una resolución favorable aumentan considerablemente.
En caso contrario, podría verse obligado a asumir los costes derivados del problema.
Plazo para reclamar el saneamiento por vicios ocultos
Si tras la adquisición de una vivienda o local comercial detecta la existencia de un defecto no aparente en el momento de la compra (como pueden ser humedades, daños estructurales u otras anomalías ocultas) es comprensible que surjan dudas sobre la posibilidad de reclamar.
La legislación contempla la posibilidad de exigir responsabilidades por vicios ocultos, pero es importante tener en cuenta que el derecho a reclamar está sujeto a plazos legales específicos.
Conocer y respetar dichos plazos es fundamental, ya que puede suponer la diferencia entre obtener una reparación o compensación adecuada, o tener que asumir en solitario las consecuencias del defecto detectado.
Plazos legales según el artículo 1490 del Código Civil
Según el artículo 1490 del Código Civil español, el comprador tiene un plazo de seis meses para reclamar los vicios ocultos desde el momento en que los descubre o desde que podría haberlos descubierto mediante una inspección razonable.
Cuándo empieza a contar el plazo
El plazo para ejercer una reclamación por vicios ocultos comienza a computarse desde el momento en que el comprador detecta el defecto, o bien desde que razonablemente pudo haberlo detectado, si hubiera llevado a cabo una inspección diligente del inmueble.
Resulta fundamental tener presente este criterio temporal, ya que, una vez vencido el plazo legal establecido, se extingue el derecho a reclamar, quedando el comprador sin posibilidad de exigir responsabilidades al vendedor.
Diferencias entre acciones de resolución, rebaja o indemnización
Dependiendo de la gravedad del defecto, el comprador puede optar por diferentes acciones:
- Acción redhibitoria: Esta acción permite solicitar la resolución del contrato y la devolución del dinero pagado por el inmueble.
- Acción quanti minoris: Si el comprador prefiere no anular el contrato, puede solicitar una rebaja proporcional del precio de la propiedad en función de la gravedad del vicio.
Sentencias relevantes sobre interpretación de plazos
La jurisprudencia ha desempeñado un papel fundamental en la interpretación y aplicación de los plazos de reclamación por vicios ocultos.
A través de diversas sentencias judiciales, se ha aclarado que, en determinadas circunstancias, el plazo legal puede ser interrumpido.
En particular, los tribunales han reconocido que, cuando el comprador no ha podido detectar el defecto por causas ajenas a su voluntad o por su naturaleza técnicamente compleja, puede extenderse el momento inicial del cómputo del plazo, siempre que se acredite dicha imposibilidad de forma objetiva.
Obligación del vendedor en el saneamiento por vicios ocultos
El vendedor está legalmente obligado a responder por los vicios ocultos del inmueble, siempre que estos existieran con anterioridad a la compraventa y afecten de forma significativa al uso o al valor del bien.
Las obligaciones del vendedor pueden variar en función del tipo de transacción realizada. En operaciones entre particulares, la responsabilidad puede limitarse mediante cláusulas contractuales, siempre que no exista dolo o mala fe.
Sin embargo, cuando el vendedor actúa en calidad de profesional o empresario, la legislación impone una mayor exigencia de diligencia, y las cláusulas exoneratorias tienen una validez mucho más limitada.
Casos en los que el vendedor debe responder
El vendedor está obligado a responder por los vicios ocultos que, existiendo con anterioridad a la compraventa, afecten de manera relevante al uso previsto o al valor del inmueble.
En caso de que el comprador detecte un defecto que no le fue comunicado al momento de formalizar la operación, el vendedor podrá estar legalmente obligado a asumir la reparación del daño, a sustituir el bien, o, en su defecto, a indemnizar al comprador por los perjuicios ocasionados, conforme a lo dispuesto en el Código Civil y la jurisprudencia aplicable.
¿Qué ocurre si el vendedor conocía el vicio?
Cuando el vendedor tenía conocimiento del vicio oculto y, aun así, omitió deliberadamente su existencia, el comprador dispone de derechos reforzados frente a la otra parte.
En estos casos, la legislación permite al comprador optar entre reclamar una indemnización por daños y perjuicios o solicitar la resolución del contrato de compraventa, con devolución del precio abonado.
El conocimiento previo del defecto por parte del vendedor, especialmente si puede demostrarse que actuó con dolo o mala fe, fortalece notablemente la posición jurídica del comprador en una posible reclamación.
Exoneraciones y pactos en contratos
En determinadas compraventas, el contrato puede contener cláusulas de exoneración de responsabilidad por parte del vendedor en relación con posibles vicios ocultos. No obstante, la validez de estas cláusulas no es absoluta.
Cuando se acredita que el vendedor conocía el defecto y omitió su existencia de forma intencionada, dichas cláusulas pierden eficacia legal, ya que el principio de buena fe contractual y la protección al comprador prevalecen frente a lo pactado.
En consecuencia, el vendedor no puede ampararse en una exoneración contractual si ha actuado con dolo o negligencia grave.
Los vicios ocultos en viviendas: un caso frecuente
Los vicios ocultos representan una preocupación recurrente en el sector inmobiliario, particularmente en el caso de viviendas de segunda mano, aunque no se limitan únicamente a este tipo de propiedades.
También es posible que inmuebles de obra nueva presenten defectos no visibles al momento de la compra, lo que puede generar conflictos entre compradores y vendedores si no se detectan a tiempo.
Tipos de vicios comunes en inmuebles
Entre los vicios más comunes que pueden presentarse en las viviendas se incluyen filtraciones de agua, defectos estructurales, así como fallos en las instalaciones de fontanería o electricidad.
También son habituales las grietas en las paredes, que pueden no ser visibles a simple vista pero que, con el tiempo, afectan a la estabilidad y seguridad del inmueble.
Estos defectos, al no ser evidentes en el momento de la compra, constituyen un riesgo para los compradores y pueden comprometer el valor y la habitabilidad de la propiedad.
Cómo afecta a compradores de segunda mano y de obra nueva
En las viviendas de segunda mano, los vicios ocultos suelen estar vinculados al envejecimiento natural del inmueble y al desgaste de sus instalaciones y estructuras.
Por el contrario, en las viviendas de obra nueva, los vicios ocultos suelen ser consecuencia de deficiencias en la ejecución de la construcción o de problemas no detectados durante la inspección inicial del inmueble, como defectos en los materiales o en las técnicas de edificación.
Ambos casos representan riesgos para el comprador, ya que los vicios ocultos pueden comprometer la seguridad y el valor de la propiedad a largo plazo.
Jurisprudencia relevante en el ámbito inmobiliario
La jurisprudencia en relación con los vicios ocultos ha sido fundamental para establecer un marco legal claro que protege a los compradores.
A lo largo de diversas sentencias, los tribunales han proporcionado orientaciones sobre cómo deben gestionarse las reclamaciones por vicios ocultos y han delimitado las responsabilidades del vendedor.
Estas decisiones judiciales contribuyen a garantizar que los derechos del comprador sean respetados, especialmente cuando se trata de la ocultación de defectos en el inmueble, proporcionando así una base sólida para hacer valer sus reclamaciones.
Diferencias entre vicios ocultos y defectos constructivos

Aunque tanto los vicios ocultos como los defectos constructivos pueden causar problemas en un inmueble, existen diferencias importantes en cuanto a su origen y la forma de reclamación.
Comparativa clara
Los defectos constructivos son errores cometidos durante el proceso de construcción, que pueden afectar a la estructura o a las instalaciones del inmueble.
Por otro lado, los vicios ocultos son defectos preexistentes que no son visibles a simple vista, pero que afectan al uso o valor de la propiedad.
Ambos pueden ser objeto de reclamación, aunque su responsabilidad recae en distintas partes: los defectos constructivos suelen ser responsabilidad del constructor, mientras que los vicios ocultos corresponden al vendedor del inmueble, quien debe asumir las consecuencias si no los ha informado debidamente.
Implicaciones legales distintas
Las implicaciones legales varían según el tipo de defecto. En el caso de los defectos constructivos, la responsabilidad recae generalmente en el constructor, mientras que los vicios ocultos son responsabilidad del vendedor.
Además, los plazos para realizar reclamaciones y las acciones legales disponibles dependen del tipo de defecto en cuestión.
Es fundamental entender estas diferencias para poder tomar las decisiones adecuadas y garantizar que se protejan correctamente los derechos del comprador.
Responsabilidad del promotor, constructor y vendedor
El promotor o constructor asume la responsabilidad por los defectos constructivos que puedan surgir debido a errores en la ejecución de la obra.
Por otro lado, el vendedor es responsable de los vicios ocultos que se descubran después de la compraventa, siempre y cuando estos defectos no hayan sido informados previamente.
Es fundamental que tanto compradores como vendedores comprendan estas distinciones para garantizar que las responsabilidades se asuman correctamente según el tipo de defecto.
Regulación legal de los vicios ocultos
El Código Civil establece disposiciones claras sobre los vicios ocultos en la compraventa de inmuebles, brindando protección legal al comprador.
Este marco jurídico permite al comprador reclamar en caso de descubrir defectos no visibles al momento de la compra, que afecten al uso o valor de la propiedad.
Las normativas aseguran que el vendedor asuma la responsabilidad de estos vicios, proporcionando un mecanismo de defensa en caso de que surjan problemas posteriores a la transacción.
Normativa aplicable (Código Civil y otra legislación relevante)
El Código Civil establece que los compradores pueden reclamar por vicios ocultos a través de las acciones redhibitoria y quanti minoris.
Estas acciones permiten a los compradores solicitar la reparación, la rebaja del precio o la resolución del contrato.
Jurisprudencia destacada
Existen sentencias judiciales clave que han sido determinantes para precisar el concepto de vicios ocultos, ofreciendo una protección más sólida a los compradores.
Estas resoluciones han establecido precedentes que garantizan que los vendedores asuman la responsabilidad de los defectos no visibles al momento de la compra, proporcionando claridad sobre los derechos del comprador en situaciones donde los vicios no fueron informados y afectan el uso o valor del inmueble.
Relación de la tasación inmobiliaria y saneamiento
Comparto mi experiencia profesional en tasación inmobiliaria y he visto cómo el saneamiento por vicios ocultos influye en los valores.
Este tema cobra importancia cuando detecto defectos ocultos en una vivienda.
Entiendo la relevancia de incorporar estos riesgos en la valoración de inmuebles. Ofrezco mis servicios para garantizar una evaluación precisa y confiable.
Conexión técnica y legal
La inspección técnica identifica grietas, humedades y fallos estructurales. La valoración incorpora estos hallazgos para ajustar el valor de tasación.
En el ámbito legal, la normativa obliga a compensar defectos ocultos descubiertos tras la compra.
Este requisito añade un componente de responsabilidad económica al análisis financiero. Te invito a consultar nuestros artículos sobre legislación y tasación.
Impacto en el valor de la propiedad
En mercados al alza, los vicios ocultos pueden reducir el precio final hasta un 15 %.
La ubicación y el tipo de inmueble determinan el margen de rebaja en la tasación. Los apartamentos urbanos sufren mayores ajustes que las viviendas unifamiliares rurales.
La antigüedad de la construcción y el estado de mantenimiento juegan un papel clave.Contacta para una valoración que contemple todos los riesgos legales y técnicos.
Ejemplos prácticos
En un chalet descubrí filtraciones ocultas que depreciaron su valor un 12 %. En una obra nueva, gracias a la tasación preventiva salvamos costes por reclamaciones. Estos casos demuestran la necesidad de un informe detallado y especializado.