▷ ¿Cómo declarar la compra de una vivienda 2024 ?
Blog Inmobiliario ARQUITASA
2 02 2021

DECLARAR LA COMPRA DE UNA VIVIENDA

En España, todos los años es obligatorio realizar la declaración de la renta: un documento que todas las personas físicas con ciertos ingresos presentan anualmente ante la Agencia Tributaria para regularizar su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, cada caso dependerá de diferentes factores y parámetros. 

Sin embargo, desde que el Gobierno reformó la ley en 2013, actualmente la compra o alquiler de una vivienda habitual no se puede deducir de la declaración de la renta. 

Hasta el año 2013 era posible desgravar la compra de una vivienda, pero a partir de la disposición transitoria decimoctava de la Ley 35/2006, solo tienen derecho a la deducción en la compra de una vivienda los contribuyentes que la hayan adquirido antes del 1 de enero de 2013.Es importante prestar atención a los cambios que se introducen cada año en la declaración de la renta para no incurrir en ninguna infracción. Te contamos a continuación algunas modificaciones incorporadas en 2024 y que hacen referencia al capítulo de las propiedades.

DECLARAR LA COMPRA DE UNA VIVIENDA

¿Cómo declarar la compra de una vivienda?

En el caso de que tengamos una vivienda adquirida antes del 1 de enero de 2013 y queramos desgravarla de nuestra declaración de la renta, hay que cumplir una serie de trámites.

¿Por qué le damos tanta importancia a esto?

Porque no va es lo mismo declarar la compra de una vivienda nueva que hacerlo con una segunda vivienda. Tampoco es igual declarar un inmueble destinado al alquiler. Hay diferencias pero en este post vamos a intentar resolver todas las dudas.

DECLARAR UNA VIVIENDA NUEVA

Algo interesante en la declaración de compra de una vivienda son las deducciones. La deducción se fija sobre lo que se paga por el préstamo hipotecario anualmente, en concepto de amortización de la hipoteca. Será posible deducir hasta un 15% de una cantidad que no puede superar los 9.040 euros. 

Sin embargo, dichas deducciones han desaparecido prácticamente a nivel nacional; solo algunas autonomías aún mantienen ciertos incentivos fiscales.

Pero eso sí, tenemos que tener claro que si se trata de una vivienda habitual y la compra se efectuó antes del 1 de enero del año 2013 entonces es posible conseguir una desgravación por la hipoteca. A día de hoy, para que sea posible deducir la compra de una vivienda en la declaración de la renta, es necesario contar con una serie de requisitos:

  • Sólo podrán ser deducidas las hipotecas de viviendas compradas antes del 1 de enero de 2013. Las hipotecas posteriores no podrán ser desgravadas en 2024 (pero sí deberán ser incluidas en la declaración).
  • La hipoteca debe corresponder a una vivienda habitual y de disfrute personal.
  • La cantidad proporcionada por la hipoteca debe ser destinada íntegramente a la compra de la vivienda. El dinero destinado a otros fines (como reformas, mobiliario…) no podrá optar a la deducción. 

A pesar de que en la mayoría de lugares 2013 es la fecha a tener en cuenta para la deducción, en Navarra debe ser antes del 1 de enero de 2018; en el País Vasco no existe límite de fecha.

DECLARAR UNA SEGUNDA VIVIENDA

Se considera segunda vivienda a cualquier inmueble que no esté destinado a ser la residencia habitual.

Y aunque no parezca un dato a tener en cuenta, declarar la vivienda dependerá también del uso que hagamos de ella. De hecho, no es lo mismo tener nuestra segunda vivienda alquilada como vivienda, alquilada por vacaciones o tener el inmueble para disfrute personal, sin ser la vivienda habitual.

En el caso de que la segunda vivienda esté alquilada, en el 2024 no es posible su deducción. 

DECLARAR UNA SEGUNDA VIVIENDA DESTINADA AL ALQUILER

Aquellas personas que arrienda sus segunda viviendas, también deberán tener en cuenta una serie de requisitos para su tributación. De hecho, la tributación es obligatoria y los gastos por el Impuesto de Bienes Inmuebles pueden ser deducidos. Además, los propietarios pueden deducirse diferentes gastos adicionales como los derivados de reparaciones, tareas de conservación o similares.

Además, aquellos inquilinos que firmaran el contrato antes de 2015 cuentan con una deducción de hasta el 10,5%. 

DECLARAR UNA SEGUNDA VIVIENDA DESTINADA AL ALQUILER VACACIONAL

Si nos encontramos el caso de que la vivienda solo está alquilada durante parte del año  (en aquellos periodos vacacionales) hay que dejarlo bien claro en la declaración de la renta. Va a ser obligatorio que indiquemos las rentas que vamos a ingresar como rendimiento del capital inmobiliario (con sus propias deducciones por gastos durante el tiempo que va a permanecer el inmueble en alquiler).

Aquí puedes ver una guía completa sobre los gastos compra vivienda.

También vamos a tener que hacer una imputación inmobiliaria para el tiempo que se considera de disfrute personal, o lo que es lo mismo, cuando no tenga inquilinos.

DECLARAR UNA SEGUNDA VIVIENDA DESTINADA AL USO Y DISFRUTE PERSONAL

Según marca la Agencia Estatal de Administración Tributaria siempre que se cumplan todos los requisitos, este tipo de inmuebles van a tributar en concepto de: imputación de rentas inmobiliarias.

Deberán calcularse aplicando un porcentaje del 2% de valor catastral (cuando no haya sido revisado en los últimos diez años, si se ha comprobado, entonces se aplica un 1,10%). En este caso entonces no habría deducción de ningún tipo de gasto soportado por la propiedad de la misma.

¿CUANDO ES LA CAMPAÑA DE LA RENTA? – Desgravar compra vivienda 2024

  • Del 3 de abril hasta el 1 de Julio de 2024: presentación de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023 por internet.
  • Del 7 de Mayo hasta el 1 de Julio de 2024: la declaración de Renta 2022 podrá ser confeccionada por la Agencia Tributaria por teléfono. 
  • Del 3 de Junio al 1 de Julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 de manera presencial en cualquiera de sus oficinas.  
  • Para ser atendido por la Agencia Tributaria es necesario contar con cita previa que puede ser solicitada:
    • Por Internet
    • Llamado a 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Otras fechas de interés sobre la declaración de la renta 2024

  • Se podrá realizar la solicitud de cita desde el 29 de abril para la declaración por teléfono
  • Se podrá realizar la solicitud de cita desde el 29 de mayo para la declaración presencial
Cita previaPor internetPor teléfonoPresencial
Solicitud de cita previaNo necesaria29 de Abril29 de Mayo
Comienzo del plazo3 de Abril7 de Mayo3 de Junio
Final de campaña1 de Julio1 de Julio1 de Julio
Tabla resumen declaración de la renta 2024

Enlaces de interés: Agencia tributaria

Novedades declaración de la Renta 2024

Cambios clave para autónomos en la declaración de la renta 2023-2024:

  1. Gastos de difícil justificación: Los autónomos ahora pueden incluir gastos de difícil justificación en su declaración de la renta hasta un 7% del total declarado, en comparación con el 5% anterior.
  2. Maternidad: Para acceder a la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, basta con haber cotizado al menos 30 días en cualquier momento posterior al nacimiento o en los días previos. Además, las familias pueden deducirse 1.000 euros adicionales por gastos de guardería hasta los tres años. Esta deducción ahora es válida para cualquier guardería con licencia del ayuntamiento.
  3. Cambios en las retenciones:
    • Renta menor de 14.047,50 euros: Se reduce el cálculo de los rendimientos del trabajo para estas rentas, lo que implica que los autónomos pagarán un poco menos de impuestos.
    • Renta entre 14.047,50 euros y 19.747,50 euros: También se aplica una reducción en los impuestos.
    • Renta alta:
      • A partir de 300.000 euros, se aplica un tipo del 14% en el gravamen al ahorro.
      • A partir de 200.000 euros, se aplica un 13,5% (antes un 13%).
    • Contribuyentes residentes en el extranjero y trabajadores desplazados a España:
      • A partir de 300.000 euros, se aplica un tipo del 28%.
      • En el tramo de 200.000 a 300.000 euros, el tipo es ahora del 27% (un punto porcentual más que antes) 

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